Ampliación listado sobre suspensión de relaciones con Panamá

 

En la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria signada con el número 6.377, de fecha 12 de abril de 2018, fue publicado por los Ministerios del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, de Economía y Finanzas  y para el Comercio Exterior e Inversión Internacional, la resolución conjunta mediante la cual se establece la ampliación de la lista identificada como anexo “A” de la resolución conjunta de los Ministerios del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz N° 076/2018, de Economía y Finanzas N° 038/2018 y para el Comercio Exterior e Inversión Internacional N° 024/2018, de fecha 05 de abril de 2018, contentiva de los sujetos nacionales de la República de Panamá respecto de los cuales, sobre la base del principio de precaución, y como medida de protección del sistema financiero, económico y comercial de la República Bolivariana de Venezuela, fue acordada la suspensión de toda relación económica, comercial y financiera, por un plazo de noventa (90) días.

Establece la misma:

RESUELVE

Artículo 1. La ampliación de la lista identificada como Anexo “A” de la resolución Conjunta de los Ministerios del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y paz N° 076/2018, de economía y Finanzas N° 038/2018 y para el Comercio Exterior e Inversión Internacional N° 024/2018, de fecha 05 de abril de 2018, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.269 Extraordinaria, de la misma fecha, contentiva de los sujetos nacionales de la República de panamá respecto de los cuales, sobre la base del principio de precaución, y como medida de protección del sistema financiero, económico y comercial de la República Bolivariana de Venezuela, fue acordada la suspensión de toda relación económica, comercial y financiera, por un plazo de noventa (90) días.

El listado de sujetos incorporados conforme  este artículo se adjunta a esta Resolución a continuación del testo íntegro de la misma en la oportunidad correspondiente de su publicación en Gaceta oficial de la república Bolivariana de Venezuela como Anexo “A-2”.

Artículo 2. Se instruye a la Superintendencia de Bancos y otras Instituciones Funancieras, (SUDEBAN), a la Unidad Nacional de Inteligencia Financiera (UNIF) y al Servicio Autónomo de Registro y Notaria (SAREN), la ejecución inmediata de los procedimientos pertinentes y la adopción de las medidas preventivas necesarias respecto de las personas naturales y jurídicas señaladas en la Resolución Conjunta de los Ministerios del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz N° 076/2018, de Economía y Finanzas N° 038/2018 y para el Comercio Exterior e Inversión Internacional N° 024/2018, de fecha 05 de abril de 2018, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.269 Extraordinaria, de la misma fecha, y los incorporados en este resolución o que fueren incorporados en el futuro, a los fines de evitar que el riesgo inminente que representan dichos sujetos para la integridad del sistema financiero nacional, la estabilidad de la actividad comercial del país y la garantía de soberanía e independencia económica para el pueblo venezolano, se materialice en un daño a la República Bolivariana de Venezuela o sus ciudadanos.

A los efectos de la ejecución de lo ordenado en este artículo, las mencionadas medidas preventivas que resulten aplicables deberán ejecutarse de manera perentoria cuando deban implementarse a través de la inmovilización de cuentas bancarias o de prohibiciones de enajenar y gravar bienes muebles e inmuebles, entre otras.

Artículo 3. Cuando la ejecución de las medidas deba solicitarse a los órganos del Poder Judicial, el levantamiento de información pertinente en materia bancaria, ilícitos cambiarios o delitos relacionados con delincuencia organizada o financiamiento al terrorismo, así como la referente a otros incumplimientos cuya sustanciación corresponde a órganos o entes bajo tutela de alguno de los Ministerios emisores de esta Resolución, se realizará de manera prioritaria, y su remisión se realizará en plazos perentorios. Los organismos referidos en el artículo precedente deberán proceder al levantamiento y acopio preventivo de  información relativa a actividades financieras consideradas como sospechosas ejecutadas por las personas naturales y jurídicas a que refiere esta resolución conjunta, a los fines de su inmediata disponibilidad cuando les fuere requerida.

Artículo 4. En aplicación del principios de intercolaboración de Poderes Públicos, y de los órganos y entes del estado, se exhorta al poder Judicial, al Ministerio Público y a los órganos auxiliares de éstos, en el marco de sus competencias, a la ejecución coordinada y ágil de las actividades necesarias para la persecución y castigo de los ilícitos detectados en ejecución de esta Resolución, cuando ello resultare pertinente conforme al ordenamiento jurídico.

Artículo 5. Esta Resolución Conjunta entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

Listado Anexo A-2

            Listado de personas jurídicas nacionales de la República de Panamá:

  • Varela Oil Company (Varoco)
  • Varela Chemical Company Inc.
  • Varela Overseas Corporation.
  • J. Varela & Asociados, S.A.
  • Quantun Capital INC
  • Seguros Fasad S.A.
  • Financiera La Hispanoamericana, S.A.
  • Joganel Investment, Inc.
  • Greenville Finance S.A.
  • Mendez- St. Malo Investment, Inc
  • Inversiones Sarpin, S.A.
  • Bienes Raices Unidas S.A.
  • Gorgona Development Group Inc
  • One Yime Properties Corp.
  • Raider Holdings Corp.
  • Inmobiliaria Isla Grande, S.a. (Igr)
  • Bienes Raíces Isla grande, S.A. (Brisa)
  • Banistmo Brokers Inc.
  • Alquileres Govimar, S.A.
  • Bright Executive Search De Panamá, S.A.
  • Bienes Raíces Devipa, S.A.
  • Hormigon, S.A.
  • Inversiones Wolfgang, S.A.
  • Bienes Raíces Victoriano Lorenzo, S.A.
  • Desarrollo Panamá Este, S.A.
  • Propiedades Río Anton, S.A.
  • Desarrollo De Viviendas Panameñas, S.A. (Devipasa).
  • Inmobiliaria Santa Marta, S.A.
  • Multi Tenencia E Inversiones, S.A.
  • Bienes Ideal, S.A.
  • Inmobiliaria Masal S.A.
  • Melhill Inmuebles S.A.
  • Inmobiliaria Salinas, S.A.
  • Inversionista Tanabi, S.A.
  • Inmobigral, S.A.
  • Grupo Financiero Continental S.A.
  • Dothan Finance Inc.
  • Inmobiliaria Pabo S.A.
  • Inmobiliaria Basilea S.A.
  • Inmobiliaria Estival S.A.
  • Inmobiliaria Horizonte, S.A:
  • Inversiones Panamá Viejo S.A:
  • Inmobiliaria Plaza Marbella, S.A.
  • Samot Financial Corp.
  • Costa Del este Infraestructure, Inc.
  • Corporación de Inversiones Aéreas, S.A.
  • Yaafar Internacional, S.A.
  • Gemma Internacional, S.A.
  • New Horizons Onvestments, S.A.
  • Royal Construction Panamá, S.A.

Para revisar la sentencia completa, pulse aquí o siga el siguiente vínculo: http://www.imprentanacional.gob.ve/

12 de abril de 2018